Quizas este deberia haber sido el primer post de este blog, pero en fin... mas vale tarde que nunca.
En España la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. (BOE número 150 de 23/6/2007) establece en la definción de "Fuentes Abiertas".
Aplicación de fuentes abiertas:
Aquella que se distribuye con una licencia que permite la libertad de ejecutarla, de conocer el código fuente, de modificarla o mejorarla y de redistribuir copias a otros usuarios.
Dentro del esquema general de estas libertades, existen varias maneras de expresarlas jurídicamente. Esto, junto con las distintas condiciones adicionales que uno puede agregar, es la causa de que existan cerca de 70 licencias de fuentes abiertas reconocidas por la OSI, cada una con sus particularidades. Usaremos la expresión Software de Fuentes Abiertas o SFA por ser un término definido de forma precisa en nuestro ordenamiento jurídico pero teniendo en cuenta que es sinonimo de "software libre" y de "open source".
Decálogo del software de fuentes abiertas.
Razones por las que usar software de fuentes abiertas.
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